Los legisladores del Parlamento Europeo y del Consejo llegaron a un acuerdo provisional para introducir un nuevo objetivo vinculante en la Ley Europea del Clima para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 90% para 2040, sobre la base de 1990.
Esto se suma a la meta de neutralidad climática para 2050 y al objetivo intermedio de -55% para 2030. La Comisión Europea, que ya informó de una reducción del 37% a finales de 2023, describe la medida como una “vía pragmática y flexible” que busca reflejar las realidades económicas y geopolíticas actuales.
Las Cifras del Pacto y la Flexibilidad Introducida
El acuerdo llega tras una fuerte resistencia de estados miembro como Polonia y Hungría, que exigían mayor maniobrabilidad ante el impacto económico de la legislación. Para lograr el consenso, el nuevo pacto incluye modificaciones significativas a la propuesta inicial de la Comisión:
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Mayor Peso del Carbono Internacional: Se amplía el papel de los créditos de carbono. El acuerdo permite que los créditos internacionales (Artículo 6 del Acuerdo de París) contribuyan hasta un 5% del nuevo objetivo a partir de 2036. Esto implica que las reducciones nacionales efectivas exigidas para 2040 se sitúan en el 85%. Además, se abre la puerta al uso de absorciones permanentes de carbono nacionales bajo el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE UE) para neutralizar emisiones difíciles de abatir.
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Retraso del Sistema de Tarificación (ETS2): Se concede un año de prórroga para la implementación del Sistema de Comercio de Emisiones revisado (ETS2), que estaba previsto para 2027 y que extiende el precio del carbono a sectores como el transporte por carretera y la calefacción de edificios. El nuevo inicio se fija en 2028.
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Revisión Bienal Obligatoria: El acuerdo introduce una revisión obligatoria por parte de la Comisión cada dos años. Este mecanismo evaluará el progreso y considerará factores como la ciencia más reciente, los avances tecnológicos, los precios de la energía y, crucialmente, la competitividad internacional de la UE. La Comisión deberá proponer revisiones a la Ley del Clima si los datos así lo exigen.
En síntesis, la UE refuerza su compromiso a largo plazo con una cifra ambiciosa, pero asegura a la industria y a los estados más reacios la flexibilidad necesaria mediante una mayor apertura al mercado internacional de carbono y un plazo extendido para la ampliación del sistema de tarificación.
